TODO LO QUE NECESITAS SABER
Los presentes términos y condiciones específicos regulan la prestación del servicio de custodia y administración de criptoactivos por cuenta de clientes ofrecido por Venga Europe, S.L., al usuario del Servicio de Custodia, al amparo del Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos.
Introducción
Objeto y Naturaleza del Servicio de Custodia
Modelo de Custodia y Segregación de Activos
Política de Custodia
Registro de Posiciones y Estado de Posiciones
Derechos Inherentes a los Criptoactivos Custodiados
Sistemas de Seguridad
Medios de Comunicación y Autenticación del Usuario
Comisiones, Gastos y Cargos del Servicio de Custodia
Protocolos Subyacentes y Criptoactivos Aceptados
Términos y Condiciones Específicos del Servicio de Custodia y Administración de Criptoactivos
Los presentes términos y condiciones específicos (los “Términos y Condiciones de Custodia” o las “Condiciones Específicas”) regulan la prestación del servicio de custodia y administración de criptoactivos por cuenta de clientes (el “Servicio de Custodia”) ofrecido por Venga Europe, S.L., con domicilio social en Norrsken House, Passeig del Mare Nostrum 15, Ciutat Vella, 08039, Barcelona, y NIF B56395585 (en adelante, “Venga” o “nosotros”/“nos”), al usuario del Servicio de Custodia (“Usted” o el “Usuario”), al amparo del Reglamento (UE) 2023/1114 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2023, relativo a los mercados de criptoactivos (“MiCA” o el “Reglamento”). Estas Condiciones Específicas complementan y desarrollan, exclusivamente en lo relativo al Servicio de Custodia, los Términos y Condiciones Generales de Venga (los “Términos Generales”), que resultan de aplicación supletoria en todo lo no expresamente previsto en las presentes Condiciones Específicas. En caso de contradicción entre estas Condiciones Específicas y los Términos Generales, prevalecerán las presentes Condiciones Específicas en lo relativo al Servicio de Custodia. Las definiciones contenidas en los Términos Generales serán de aplicación a estas Condiciones Específicas salvo que se definan de forma diferente en el presente documento. A los efectos de estas Condiciones Específicas, se entenderán por “Criptoactivos” los definidos en los Términos Generales y en el artículo 3.1.5) del Reglamento, que sean aceptados por Venga en cada momento para la prestación del Servicio de Custodia. La lista actualizada de Criptoactivos aceptados estará disponible en la Aplicación en los términos contemplados en los Términos Generales. La aceptación de estas Condiciones Específicas por parte del Usuario constituye la celebración del acuerdo de custodia exigido por el artículo 75, apartado 1, del Reglamento. El Usuario declara haber leído, comprendido y aceptado íntegramente estas Condiciones Específicas antes de utilizar el Servicio de Custodia. Venga podrá modificar estas Condiciones Específicas en los mismos términos previstos en los Términos Generales para la modificación de los mismos.
1. Objeto y Naturaleza del Servicio de Custodia
Venga presta el Servicio de Custodia y administración de Criptoactivos por cuenta de los Usuarios. El Servicio de Custodia comprende la salvaguarda, control y administración de los Criptoactivos por cuenta de los Usuarios, incluyendo la guarda de los Criptoactivos y de sus medios de acceso, tales como las claves criptográficas privadas, en direcciones ómnibus de registro distribuido controladas por Venga.
2. Modelo de Custodia y Segregación de Activos
- Venga presta el Servicio de Custodia directamente, sin delegar la actividad de custodia a otros proveedores de servicios de criptoactivos, mediante un modelo híbrido de custodia en caliente (hot wallet) y custodia en frío (cold wallet). Venga mantendrá un porcentaje significativo de los Criptoactivos de los Usuarios en custodia en frío, limitando la exposición de los Criptoactivos en custodia en caliente a lo estrictamente necesario para la operativa diaria y la atención de solicitudes de retirada. A efectos operativos, se emplearán soluciones tecnológicas de terceros proveedores especializados. En ningún caso tales proveedores ostentarán la tenencia, control o acceso unilateral a los Criptoactivos o claves privadas de los Usuarios.
- Respecto de la custodia de Criptoactivos, no se utilizan direcciones individualizadas de registro distribuido para cada Usuario. Venga es el único y exclusivo titular de las claves criptográficas privadas que dan acceso a los Criptoactivos de los Usuarios. Los Usuarios no tendrán acceso a las claves privadas de las direcciones de registro distribuido que controlan y protegen los Criptoactivos custodiados. Las claves privadas nunca serán accesibles en su integridad por ningún individuo, ni por Venga ni por los proveedores tecnológicos, permaneciendo siempre fraccionadas y cifradas en entornos seguros. Cada clave privada está dividida en varios fragmentos. Cada fragmento se almacena en una infraestructura cloud distribuida, garantizando que los datos no solo están lógicamente segregados, sino también protegidos mediante dispersión física frente a fallos de infraestructura.
- Los Criptoactivos de los Usuarios se mantendrán separados del patrimonio propio de Venga, tanto jurídica como funcionalmente, de conformidad con el artículo 75, apartado 7, del Reglamento. A tal efecto, Venga utilizará direcciones, carteras o monederos ómnibus diferenciados de los propios y registros internos que reflejarán en todo momento, de forma individualizada y permanente, el saldo de cada Usuario respecto de cada tipo de Criptoactivo custodiado, en su respectiva Cuenta Venga (según este término se define en los Términos Generales). Venga garantiza que, en el registro distribuido, los Criptoactivos de los Usuarios se mantendrán separados de los propios Criptoactivos de Venga, y que los acreedores de Venga no podrán hacer valer ningún derecho sobre los Criptoactivos custodiados, incluido en caso de insolvencia de Venga.
- El Usuario reconoce y acepta que los Criptoactivos del Usuario custodiados por Venga podrán estar agrupados en direcciones, monederos o wallets ómnibus junto con los de otros Usuarios, pero siempre separados de los propios Criptoactivos de Venga e identificados de forma individualizada, respecto de cada Usuario, en los registros internos de Venga, sin que ello afecte, por tanto, al cumplimiento de los requisitos de segregación contemplados en el artículo 75.7 del Reglamento MiCA.
- Venga no ostentará facultades de disposición ni derechos de uso sobre los Criptoactivos de los Usuarios, salvo para la ejecución de las instrucciones impartidas por éstos, el cumplimiento de obligaciones legales o regulatorias, o en los supuestos expresamente previstos en las presentes Condiciones Específicas o en cualesquiera documentos contractuales suscritos entre Venga y el Usuario. Bajo ninguna circunstancia Venga utilizará los saldos en Criptoactivos de los Usuarios para sus operaciones propias.
- El Usuario no ostentará ningún derecho de propiedad sobre los Criptoactivos concretos depositados con Venga, sino un derecho de propiedad sobre una cantidad equivalente de Criptoactivos de la misma especie y cantidad que los depositados, conforme al saldo reflejado en el registro individual de posiciones que Venga mantenga en cada momento (la Cuenta Venga). La titularidad de los Criptoactivos corresponderá en todo momento al Usuario, quien asumirá el riesgo de fluctuación de su valor de mercado.
3. Política de Custodia
- Venga ha establecido una política de custodia que incluye normas y procedimientos internos para garantizar la guarda y el control de los Criptoactivos custodiados y de sus medios de acceso, conforme al artículo 75, apartado 3, del Reglamento. Dicha política de custodia minimiza el riesgo de pérdida de Criptoactivos de los Usuarios, o de los derechos relacionados con dichos Criptoactivos, o de los medios de acceso a los mismos, debido a fraudes, amenazas cibernéticas o negligencias.
- Venga ha elaborado un resumen de su política de custodia de Criptoactivos, que está disponible en su página web y en la Aplicación. El resumen de la política de custodia incluye información sobre las medidas de protección de los Criptoactivos, los métodos de acceso y los sistemas de seguridad implementados por Venga.
4. Registro de Posiciones y Estado de Posiciones
- Venga llevará un registro de las posiciones abiertas a nombre de cada Usuario, reflejado en la Cuenta Venga, correspondientes a los derechos de cada Usuario sobre los Criptoactivos custodiados. Las operaciones de compra, venta y transferencia de Criptoactivos realizadas por el Usuario serán inscritas secuencialmente en dicho registro individual de posiciones. Todo movimiento que se realice siguiendo las instrucciones del Usuario se consignará lo antes posible en el registro, y los procedimientos internos de Venga garantizarán que todo movimiento que afecte al registro de los Criptoactivos quede reflejado en una operación debidamente consignada en el registro de posiciones del Usuario.
- Venga facilitará al Usuario a través de su Cuenta Venga, al menos una vez cada tres (3) meses, o cuando el Usuario lo solicite, un estado de posición de los Criptoactivos registrados a su nombre. Dicho estado de posición se facilitará en formato electrónico duradero e identificará el saldo de la Cuenta Venga, los Criptoactivos de que se trate, su valor y las órdenes de de compra y venta ejecutadas y canceladas, y las transferencia de Criptoactivos realizadas durante el período considerado. Adicionalmente, Venga facilitará al Usuario lo antes posible cualquier información sobre operaciones con Criptoactivos que requieran una respuesta del Usuario.
- El Usuario podrá consultar el saldo de su Cuenta Venga a través de la Aplicación. Venga informará por los canales correspondientes de cualquier cambio relevante en los procesos de custodia o en el marco regulatorio que pueda afectar a los Criptoactivos del Usuario.
5. Derechos Inherentes a los Criptoactivos Custodiados
- Venga facilitará al Usuario, cuando proceda, el ejercicio de los derechos inherentes a los Criptoactivos custodiados, conforme al artículo 75, apartado 4, del Reglamento. Todo hecho que pueda crear o modificar los derechos del Usuario se consignará inmediatamente en el registro de posiciones del Usuario. Esto incluirá, en su caso, la participación en bifurcaciones (“forks”), airdrops, actualizaciones de red u otros eventos que puedan afectar a los derechos o naturaleza de los Criptoactivos.
- Cuando se produzcan cambios en la tecnología de registro distribuido subyacente o cualquier otro suceso que pueda crear o modificar los derechos del Usuario, el Usuario tendrá derecho a cualquier Criptoactivo o a cualquier derecho de nueva creación sobre la base de las posiciones del Usuario y de manera proporcionada a éstas, en el momento en que se produzca dicho cambio o suceso, salvo que las presentes Condiciones Específicas, aceptadas antes de dicho cambio o suceso, dispongan expresamente lo contrario.
- No obstante, el Usuario reconoce que la asignación de Criptoactivos derivados de bifurcaciones, airdrops u otros eventos similares puede no ser automática. Cuando la naturaleza técnica del evento requiera que Venga realice acciones activas para reclamar, recibir o consolidar los nuevos Criptoactivos en la red de registro distribuido correspondiente, dichas acciones se ejecutarán con la mayor diligencia y celeridad posibles, priorizando en todo caso la seguridad de los activos del Usuario.
- Venga comunicará al Usuario, a través de la Aplicación, la ocurrencia de cualquier evento de los descritos en el apartado anterior y la actualización de su posición en un plazo máximo de veinticuatro horas tras la actualización del registro. Dicha comunicación incluirá, como mínimo: la descripción del evento ocurrido en términos comprensibles, la fecha y hora del evento, el tipo y cantidad de nuevos Criptoactivos o derechos asignados, el saldo actualizado de la posición del Usuario, las instrucciones para disponer de los nuevos activos y un punto de contacto para consultas.
- Cuando concurran circunstancias técnicas que impidan la ejecución normal del procedimiento descrito en los apartados anteriores, tales como la indisponibilidad de la red, la imposibilidad de reclamar los nuevos Criptoactivos, el fallo en los sistemas de registro o cualquier otra incidencia material, Venga adoptará las medidas provisionales necesarias para preservar los derechos del Usuario, pudiendo incluir la suspensión temporal de las disposiciones sobre los Criptoactivos afectados. En tales supuestos, Venga comunicará al Usuario la situación y el plazo estimado de resolución.
- Cuando la reclamación de los nuevos Criptoactivos exija la interacción con contratos inteligentes de terceros o la descarga de software adicional, y Venga considerase que los riesgos técnicos se consideran inasumibles, Venga informará al Usuario de la imposibilidad temporal de poner a su disposición los nuevos Criptoactivos y de las alternativas disponibles, incluyendo la posibilidad de retirar sus Criptoactivos a una cartera externa para ejercer dichos derechos de forma autónoma.
- El Usuario reconoce que, desde el Servicio de Custodia, puede no ser posible realizar directamente determinadas acciones para el ejercicio de derechos vinculados a los Criptoactivos almacenados, tales como el ejercicio de derechos de voto asociados a mecanismos de consenso de organizaciones autónomas descentralizadas (DAO) o la participación en funcionalidades de staking nativo. En tales casos, el Usuario conserva la libertad de retirar sus Criptoactivos en cualquier momento para ejercer estos derechos de forma autónoma.
6. Sistemas de Seguridad
Venga implementa medidas técnicas y organizativas de seguridad para la custodia de los Criptoactivos, incluyendo: (a) Medidas técnicas de seguridad en relación con el almacenamiento en frío y en caliente, incluido el uso de software antivirus, cortafuegos, cifrado de discos y cifrado de claves criptográficas; (b) Medidas de seguridad de software y hardware, como software especializado de gestión de monederos y módulos de seguridad de hardware (HSM); (c) Medidas de seguridad de la red, como cortafuegos, aislamiento de la red y restricciones de IP; (d) Medidas organizativas, como la gestión del cambio, la gestión de claves con esquemas de firma múltiple (multisig) y la comprobación de los antecedentes de los empleados; (e) Autenticación de doble factor (2FA) para las operaciones de los Usuarios, mediante SMS, correo electrónico o aplicaciones de autenticación; (f) Monitorización avanzada y constante de los saldos de Criptoactivos de los Usuarios y controles periódicos de verificación de saldos para asegurar la precisión y detectar posibles discrepancias.
7. Medios de Comunicación y Autenticación del Usuario
La comunicación entre Venga y el Usuario en relación con el Servicio de Custodia se realiza según lo establecido en los Términos y Condiciones Generales de Servicio. La autenticación del Usuario se realizará mediante los mecanismos de identificación y seguridad establecidos por Venga en cada momento, que incluirán, como mínimo, contraseña y autenticación de doble factor (2FA), mediante SMS, correo electrónico o aplicaciones de autenticación. El Usuario podrá resolver cualquier duda o incidencia adicional que tenga a través de Aplicación o poniéndose en contacto con nuestro equipo de Soporte aquí.
8. Comisiones, Gastos y Cargos del Servicio de Custodia
- El uso del Servicio de Custodia está sujeto al pago de las comisiones, gastos y cargos que Venga establezca en cada momento. Las comisiones aplicables al Servicio de Custodia se comunicarán al Usuario a través de la Aplicación y página web de Venga y se sujetan a lo establecido en los Términos y Condiciones Generales de Servicio.
- El Usuario acepta pagar íntegramente y puntualmente todas las comisiones, gastos y cargos aplicables al Servicio de Custodia.
9. Protocolos Subyacentes y Criptoactivos Aceptados
- Venga no posee ni controla los protocolos de software subyacentes que rigen el registro distribuido de los Criptoactivos. Venga no se responsabiliza del funcionamiento de los protocolos subyacentes ni garantiza la funcionalidad ni la seguridad de las operaciones de la red. En particular, los protocolos subyacentes pueden estar sujetos a cambios repentinos en las reglas de operación (incluidas las bifurcaciones). Dichos cambios pueden afectar significativamente la disponibilidad, el valor o la funcionalidad de los Criptoactivos aceptados.
- Los Criptoactivos aceptados por Venga para el Servicio de Custodia están sujetos a las limitaciones técnicas de cada protocolo. Venga se reserva el derecho de limitar la operativa de determinados Criptoactivos y de ampliar o reducir la lista de Criptoactivos aceptados.
- En el Servicio de Custodia, no se aceptará ningún tipo de Criptoactivo que lleve incorporado una función de anonimización que impida la identificación de los titulares del Criptoactivo y su historial de transacciones.